
En este TÍTULO de los PGE 2022, abarcaremos, mediante distintos CAPÍTULOS, los diferentes puntos destacables de estos presupuestos, la valoración nos supone y las consecuencias de la ley mas importante y con mayor influencia en cada uno de nosotros.
Como adelanto, y tras su aprobación a la espera de la publicación en el BOE para pasar a analizarla, paso a indicar un extremo en esta norma reflejada, pero que no ha tenido eco ninguno, y que aquí lo copio, tal como lo relata el Gobierno:
El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España aprobado por la Unión Europea este verano incluye un conjunto de medidas encaminadas a mejorar la eficacia del gasto público. En efecto, el Componente 29 del Plan prevé reformas en el ámbito de la evaluación ex post de gasto público (spending reviews), de la presupuestación alineada con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y de la presupuestación verde.
La última de las grandes reformas que contempla este bloque es el lanzamiento de un nuevo ciclo de spending-review 2022-2026, encomendándolo también a la AIReF. El objetivo es institucionalizar y dar permanencia a estos ejercicios, de manera que con este encargo quinquenal se desligan del ciclo político las evaluaciones del gasto público.
Lo que no se dice ahí es que, este segundo ámbito de revisión tendrá varias fases, y que el objeto del análisis en la primera fase se refiere a:
«EL GASTO DERIVADO DE LA ASISTENCIA DEL MUTUALISMO ADMINISTRATIVO. LAS MUTUALIDADES DE FUNCIONARIOS (MUFACE e ISFAS), en su calidad de gestoras del REGIMEN ESPECIAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, donde prestan a sus mutualistas y beneficiarios, ENTRE OTROS SERVICIOS,……, la ASISTENCIA SANITARIA.
Los trabajos correspondientes a esta fase del «SPENDING REVIEW» se iniciarán en el ejercicio 2022. La AIReF elaborará y presentará en un plazo de 3 meses un PLAN DE ACCIÓN, donde concretará, mediante la metodología a emplear, un calendario de ACTUACIONES. Y una vez que el Ministerio de Hacienda y FUNCIÓN PÚBLICA «aprueben ese Plan», la AIReF presentará los resultados en un plazo de MAXIMO 12 meses.
Sirvase como adelanto, aunque a cada uno de los entresijos a aclarar de esta ley se irán tratando individualmente en cada capítulo.
BREVE RESUMEN DEL CONTENIDO DE ESTOS PGE 2022
TITULO III… DE LOS GASTOS DE PERSONAL con 3 Capítulos.
a) Incremento de las retribuciones de los funcionarios en un 2%. ARTÍCULO 19
b) La Oferta de Empleo Público. Con una tasa de reposición del 110%, salvo del 120% para sectores prioritarios y del 125% para las FCSE, Policias Locales y Autonómicas. ARTÍCULO 20
c) Los incrementos y límites a los gastos de Acción Social (ayudas) y respecto de la Productividad o retribución variable.
d) Actualización para 2022 de las retribuciones de los Altos Cargos de las FAS, y FCSE. Además de cuales serán las retribuciones en 2022 para el personal de las FAS y FCSE. ARTÍCULO 21, 23, 25, 26 y 27
e) Actualización de las cuantías a percibir por los conceptos de recompensas, cruces y medallas. ARTÍCULO 31
f) Las indemnizaciones por razón de servicio en 2022. ARTÍCULO 32.3
TITULO IV… DE LAS PENSIONES PÚBLICAS con 6 Capítulos.
a) Criterio para la actualización de las pensiones abonadas por la Seguridad Social. Se establece el procedimiento para determinar el %. Este incremento porcentual será igual al valor medio de los IPC mensuales previos a diciembre de 2021, es decir, de diciembre 2020 a noviembre 2021.
b) Incremento del 3% en las pensiones NO contributivas.
c) Regulación de como se determinará el importe inicial de las pensiones del régimen de Clases Pasivas, es decir, sistema a emplear para actualizar los haberes reguladores sirven para el cálculo de la pensión (ojo por que existen dos tipos de haberes reguladores, uno sería para el cálculo de la pensión y el otro sería para el cálculo de la cotización).
d) Criterios para la fijación de las pensiones máximas.
e) Criterios para la actualización de los importes de las pensiones contributivas (para los que ya son pensionistas) tanto en la Seguridad Social como en Clases Pasivas. Y determinar cuales pensiones NO se actualizan.
f) Sistema de complemento a mínimos de las pensiones, tanto en Seguridad Social como Clases Pasivas.
g) Determinación de cual sería el importe inicial y determinación de la actualización para quien ya las cobren, de en cuanto a las pensiones NO contributivas de la Seguridad Social.
TITULO VI… DE LOS IMPUESTOS y TASAS
a) Modificaciones en el impuesto IRPF.
b) Cambios en los planes de pensiones individuales y en los planes de pensiones de empleo.
c) En referencia a las Tasas, se elevan sus importes a un 1%.
TITULO VII… DE LA FINANCIACIÓN DE LAS ENTIDADES LOCALES Y AUTONÓMICAS.
a) Sobre la financiación revisada de la Policía Autonómica de Cataluña, con cargo al Fondo de Suficiencia del Sistema de Financiación Autonómica correspondiente a la Comunidad Autónoma de Cataluña. VER LA DISPOSICIÓN LO DETALLA.
TITULO VIII… DE LAS BASES y LOS TIPOS DE COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL.
a) Actualización de las bases y los tipos de cotización a la Seguridad Social.
b) Cotización por desempleo, por protección de cese de actividad en autónomos, al Fondo de Garantía Salarial y por Formación Profesional, todo ello durante el año 2022.
c) Cotización a la Mutualidades administrativas de los funcionarios (MUFACE e ISFAS) durane el año 2022.
d) Cotización de los funcionarios por los derechos pasivos, aquellos pertenecientes a Clases Pasivas. Ojo porque los haberes reguladores empleados para este cálculo no son los mismos que los empleados para el cálculo de cual sería la pensión una vez llegado a la edad reglamentaria.
LAS DISPOSICIONES ADICIONALES, LAS TRANSITORIAS, LAS DEROGATIVAS Y LAS DISPOSICIONES FINALES.
a) Sobre el régimen de contratación de SEGUROS DE RESPONSABILIDAD CIVIL para el personal funcionario de la Administración.
b) Se mantiene el aplazamiento sobre la actualización y modernización del sistema de la Seguridad Social.
c) El incremento de las prestaciones por gran invalidez en el Règimen Especial de la Seguridad Social para FAS y Guardia Civil.
d) Se fijan los importes para los siguientes conceptos:
- Interés Legal para 2022……….. 3%
- Interés de demora para 2022……. 3,75%
- IPREM para 2022….. se incrementa en un 2,5% (importante para ayudas, becas, etc…)
e) La integración definitiva de la financiación revisada de los Mossos D´Esquadra en el Fondo de Suficiencia del Sistema de Financiación Autonómica correspondiente a la Comunidad Autónoma de Cataluña.
f) Creación del Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, y la creación de la Agencia Estatal de Administración Digital.
g) Se establece un régimen transitorio en la GESTIÓN del Régimen de Clases Pasivas, y también las previsiones SOBRE LA INDEMNIZACIÓN POR RESIDENCIA del personal funcionario. Además en cuanto a los complementos personals y transitorios.
h) Varias disposiciones finales donde se realizan las modificaciones de ciertas Leyes y Reales Decretos, que mas adelante iremos viendo en siguientes capítulos.